Propuesta solo contempla operación de crédito a empresas farmacéuticas que reúnan requisitos exigidos para el efecto.
Ante la información difundida por medios periodísticos sobre la supuesta intervención del Banco Nacional de Fomento (BNF) en la deuda a empresas farmacéuticas proveedoras del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, se aclara cuanto sigue:
1) El Banco Nacional de Fomento en los términos de la Ley Orgánica Nº 5.800/17, es una persona jurídica, pública, autárquica y autónoma, habilitada a realizar las operaciones que su Carta Orgánica y la legislación bancaria aplicable a las instituciones de intermediación financiera establezcan. El BNF opera en el mercado financiero local al igual que las demás entidades bancarias que ofrecen productos y servicios financieros dentro del territorio paraguayo.
2) El Banco Nacional de Fomento ha participado en una serie de reuniones mantenidas entre los representantes de empresas farmacéuticas, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y el Ministerio de Hacienda, en su calidad de entidad bancaria, en el afán de explorar potenciales opciones en cuanto a la factibilidad de canalizar líneas de financiamiento a las empresas farmacéuticas que reúnan las condiciones exigidas para ser sujetos de crédito del Banco.
3) En el potencial escenario de que alguna de las empresas farmacéuticas proveedoras del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social requiriese el apoyo financiero del Banco Nacional de Fomento, se procederá a realizar el análisis correspondiente sobre dicho sujeto de crédito, constituyendo el flujo de desembolsos acordados entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, una garantía adicional de la operación de crédito.
4) En todo momento los análisis técnicos necesarios para dar viabilidad a la operación financiera señalada, se han ajustado al marco normativo que rige al BNF como Banco Público y a las disposiciones que regulan al sistema financiero nacional.
Asunción, 12 de abril de 2018.
EL DIRECTORIO